¿Qué es análisis de las transacciones financieras?📊📈

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Los elementos esenciales de los tributos, concepto genérico dentro del cual se incluyen propiamente los impuestos, son: el sujeto activo, el sujeto pasivo, el hecho generador, la base imponible y la tarifa.

Sujeto activo. El Fisco costarricense sería el sujeto activo de este impuesto; es decir, la persona que tiene derecho a recibir la prestación dineraria que deriva de la aplicación del tributo.

Pensando en la legitimidad de esa pretensión, más allá de la potestad tributaria en sí misma, la creación del impuesto, que supondrá el derecho a percibirlo, se ha justificado en la evidente necesidad de atraer recursos frescos a las maltrechas arcas del Estado.

 

Los elementos esenciales de los tributos, concepto genérico dentro del cual se incluyen propiamente los impuestos, son: el sujeto activo, el sujeto pasivo, el hecho generador, la base imponible y la tarifa.

Sujeto activo. El Fisco costarricense sería el sujeto activo de este impuesto; es decir, la persona que tiene derecho a recibir la prestación dineraria que deriva de la aplicación del tributo.

Sujeto pasivo. En cuanto al sujeto pasivo, todas las personas, físicas o jurídicas, que intervengan en transacciones financieras, serán los que sufrirán la consecuencia económica del tributo. Es decir, de soportar la erogación tributaria que se crea.

El hecho generador, que en lo académico es el acontecimiento fáctico o jurídico que da nacimiento al impuesto, en este caso es la realización de cualquier transacción financiera. Obviamente no hemos visto la redacción que se propondrá; pero los documentos conocidos señalan que el tributo nacerá, empezando por retiros de las cuentas bancarias (cheques y cajeros automáticos), pasando por transferencias electrónicas y hasta pagos de cuotas de préstamos. Más concretamente, en los documentos se enuncian varias transacciones como generadoras del impuesto.

Tarifa. En cuanto a la tarifa, los documentos presentados  señalan que “…debido a que su base imponible es grande…, el “impuesto requiere tasas impositivas bajas.” A lo cual, junto con su carácter temporal, atribuye un vaticinio de baja desbancarización. Francamente hemos encontrado información distinta en relación con las distintas tarifas anunciadas y sus respectivos plazos de vigencia.

La base imponible, que es el rubro cuantificable sobre el que se aplica la tarifa, será el monto bruto de cada una de las transacciones gravadas. En muchos casos, dependiendo de cómo se redacten las normas, podríamos ver duplicado el pago sobre un mismo rubro, en la medida que se grave a ambas partes en la transacción.

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Viernes, 29 Marzo 2024